Cuando la persona solicitante tiene una discapacidad intelectual o se constata por el Operador de la Oficina de Registro que no tiene todas sus capacidades intelectuales se debe solicitar por parte del Operador o entregar por parte del solicitante:

  1. Pedir/entregar la copia de la Sentencia o un certificado del Registro civil sobre “Modificaciones judiciales de la capacidad de las personas”
  2. Si no existe sentencia (podría estar en tramite judicial), cabe dos opciones:
    1. El Operador puede negarse cuando es evidente que la persona no entiende el objeto de la Solicitud de certificado, 
    2. Si la persona parece entender pero hay dudas, remitirle al procedimiento por Notario : firma legitimada ante notario de la solicitud con las condiciones de uso (no valdría la copia legitimada del DNI porque es necesario asegurarnos que conoce y entiende las condiciones de uso).