Cuando la persona solicitante tiene una discapacidad intelectual o se constata por el Operador de la Oficina de Registro que no tiene todas sus capacidades intelectuales se debe solicitar por parte del Operador o entregar por parte del solicitante:
- Pedir/entregar la copia de la Sentencia o un certificado del Registro civil sobre “Modificaciones judiciales de la capacidad de las personas”
- Si no existe sentencia (podría estar en tramite judicial), cabe dos opciones:
- El Operador puede negarse cuando es evidente que la persona no entiende el objeto de la Solicitud de certificado,
- Si la persona parece entender pero hay dudas, remitirle al procedimiento por Notario : firma legitimada ante notario de la solicitud con las condiciones de uso (no valdría la copia legitimada del DNI porque es necesario asegurarnos que conoce y entiende las condiciones de uso).